La Plata, 28 de abril de 2017.-

 

Expediente Nº 7/2017
Club: “ESTRELLA de BERISSO vs. C. de F.  GONNET”
Categoría: MAXI-BASQUET (+35)

Encontrándose presentes los miembros del Tribunal de Penas

Presidente: Dr. Andrés Blas ROMAN
Secretario: Dr. Javier Enrique MENNA
Vocal Titular: Dr. Nicolás BERSTCH
Vocal Titular: Dr. Manuel FERNANDEZ
Vocal Titular: Dr. Bernardo BRAVIZ LOPEZ
Vocal Suplente: Dr. Martín MALUENDEZ
Vocal Suplente: Dr. Hernán MENESES

En este acto se excusan de intervenir en las presentes actuaciones, por encontrarse inscriptos y participar en distintos equipos de la categoría Maxi Básquet, los Dres. Andrés Blas ROMAN, Javier Enrique MENNA, Nicolás BERSTCH y Manuel FERNANDEZ

VISTO: El informe elevado a este Tribunal por el Juez del encuentro, Sr. Marcelo CHEDIAK, en relación a lo ocurrido durante el desarrollo del partido disputado el día 19 de abril de 2017 entre los equipos de Estrella de Berisso (Local) y Centro Fomento Gonnet (Visitante), correspondiente a la categoría Maxi Básquet (+35); y

CONSIDERANDO:

I.- Que la conducta descripta en el informe referido involucra el comportamiento de los jugadores del Club Estrella de Berisso y C. de F. Gonnet, Sres. Lisandro Raúl CORTINEZ y Carlos Alberto BENITO, respectivamente.
II.- Que el Juez del encuentro, en su informe manifiesta que durante el mismo fue “descalificado el jugador de estrella nro. 4, carnet 698, Cortinez L. por reaccionar luego de recibir una falta antideportiva, arrojándole una trompada. Posterior a eso fue descalificado el jugador de Gonnet, Benito C.,  por agarrar del cuello al jugador nro. 4 de estrella. Ambos se retiraron del estadio”.
III.- Que a los imputados se le corrió el pertinente traslado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31º inc. b) del Código de Procedimientos.
IV.- Que el Sr. Lisandro Cortinez, presenta su descargo con fecha 26 de abril de 2017, haciendo constar que reconoce el hecho informado por el árbitro, y que la misma fue una reacción ante una agresión sufrida por un compañero suyo que se encontraba en el piso, y pidiendo las disculpas correspondientes por dicha reacción.
V. Que el jugador del club C. de F. Gonnet, Sr. Carlos Benito, realiza su descargo y amplia que al promediar el ultimo cuarto de un partido sumamente parejo, se produjo una falta fuerte de un jugador de Estrella sobre un compañero y se genero un pequeño tumulto, donde reconoce haberse equivocado al reaccionar, pidiendo las disculpas correspondientes.
VI. Que el accionar de ambos jugadores se encuadra en la infracción tipificada en el artículo 107º inc. h) del Código de Penas de la C.A.B.B., el que prevé una pena de Suspensión de cuatro a diez partidos para el jugador que cometiere tentativa de agresión de hecho a otro jugador.
VII. Que es criterio de éste Tribunal que los jugadores deben exhibir actitudes de pleno respeto entre sí, más aún cuando se trata de jugadores de las categorías MAXI BASQUET (mayores de 35 años), quienes deben entender que su participación en este tipo de competencia detenta un espíritu de mayor confraternidad entre sí. En esa inteligencia, es dable subrayar que nada justifica la inconducta de los jugadores, por lo cual resulta oportuno continuar con el criterio sostenido al aplicar el máximo de la pena prevista para la falta tipificada en el artículo referido “ut-supra”.

Por todo lo expuesto, este Tribunal;

R E S U E L V E :

ARTICULO 1º: Aplicar al Jugador del Club Estrella de Berisso, Sr. Lisandro Raúl CORTINEZ, la pena de DIEZ (10) PARTIDOS de SUSPENSIÓN.

ARTICULO 2º: Aplicar al Jugador del Club Centro de Fomento GONNET, Sr. Carlos Alberto BENITO, la pena de DIEZ (10) PARTIDOS de SUSPENSIÓN.

ARTICULO 3º: Asentar la presente suspensión como antecedente, para agravar la misma sanción en caso de reincidencia.

ARTICULO 4º: Publíquese íntegramente la presente resolución en el Boletín Oficial.-